Establecen disposiciones aplicables para el trámite de solicitudes de cambio de adscripción que formulen los asegurados de los seguros que administra ESSALUD.

Res. N° 001-GCAS-ESSALUD-2014.-

Disponen que en el marco de los procedimientos de registro aprobados en el TUPA de ESSALUD, las solicitudes de cambio de adscripción que formulen los asegurados de los seguros que administra ESSALUD, se tramiten como actualización de datos de los procedimientos de registro.

Asimismo, dejan sin efecto la Resolución Nº 13-GCSEG-GDA-ESSALUD-2005 que regula el cambio de adscripción permanente para los asegurados regulares, agrarios y potestativos y el artículo 4º de la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 12-GCASEG-ESSALUD-2009, que aprueba los criterios para la adscripción temporal de los asegurados al Seguro de Salud Agrario Independiente.

Finalmente, dejan sin efecto el formato “Solicitud de Cambio de Adscripción Departamental”, a que se refiere el numeral 7 del artículo primero de la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 32- GCAS-ESSALUD-2012.

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