Establecen cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año 2010-01-04

Res. N° 276-2009/SUNAT

Los deudores tributarios cumplirán con realizar el pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos, así como presentar las declaraciones relativas a los tributos a su cargo, administrados y/o recaudados por la SUNAT correspondientes a los períodos tributarios de enero a diciembre de 2010, de acuerdo con el cronograma detallado en el Anexo N° 1 que forma parte de las presente resolución.

El Anexo N° 1 será publicado en el Portal de la SUNAT en la Internet cuya dirección es http:/www.sunat.gob.pe, en la misma fecha en que se publique la presente resolución.

X
X