RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 0044/2016/MINAGRI/SENASA
1. Se establecen las áreas enzoóticas a
Carbunco Sintomático y Edema Maligno a nivel nacional, de acuerdo al Anexo que
forma parte de la presente Resolución, el cual estará publicado en el portal
institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe).
2. La vacunación contra Carbunco
Sintomático y Edema Maligno es obligatoria, en especial en las áreas que representen
riesgo para la población animal susceptible.
3. Se oficializará a nivel nacional la
campaña de vacunación contra Carbunco Sintomático y Edema Maligno para el año
2016, lo que permitirá establecer en las Direcciones Ejecutivas el calendario
de vacunación y la jurisdicción (provincias y distritos) correspondientes.
4. Las Direcciones Ejecutivas del SENASA
a fin de realizar la Campaña de Vacunación, podrán coordinar con las entidades
públicas afines y ejecutores de la práctica privada para la suscripción de
convenios de cooperación y apoyo que permita llevar a cabo esta actividad, en
los que se establecerán los compromisos de las entidades públicas y de la
actividad privada participantes.