D.S. N°011-2013-MINAGRI.-
La presente norma hace referencia, que la entidad propuso modificar la modificación de los artículos 11 y 34 del Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-AG, modificado por Decreto Supremo N° 003-2013-AG, a fin que los comités de usuarios y sus consejos directivos puedan ser reconocidos como organizaciones de usuarios de agua, prescindiendo de su inscripción en los registros públicos, para que se beneficien en los alcances del proceso de formalización de derechos de uso de agua, regulado con la Resolución Jefatura n° 484-201-ANA.
En tal sentido, se establece que el Decreto Supremo tiene por objeto establecer un ¨Procedimiento especial de formalización de juntas de usuarios como operadores de infraestructura hidráulica publica¨ , orientada a fortalecer el desempeño de las citadas juntas, en la prestación del servicio de suministro de agua y a promover la sostenibilidad de la infraestructura hidráulica a su cargo.