DISPONER QUE EL “PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN Y CONTROL DEL APORTE POR REGULACIÓN DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL–OEFA”, SERÁ APLICABLE A LAS EMPRESAS Y ENTIDADES SEÑALADAS EN LOS DECRETOS SUPREMOS NÚMEROS 096 Y 097-2016-PCM
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 002 -2017-OEFA/CD
Mediante la presente Resolución, se dispone que el “Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA, a excepción de lo establecido en el último párrafo del acápite a.1) de su Artículo 5°, será aplicable a las empresas y entidades del sector energía, así como las empresas del sector minería señaladas en los Decretos Supremos números 096 y 097-2016-PCM.
La presente Resolución se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano, donde puede ser consultada a detalle.