Decreto Supremo N° 120-2008-EF
Se dispone reajustar, a partir de enero de 2008, las pensiones percibidas por los pensionistas del Régimen del Decreto Ley Nº 20530 que hayan cumplido sesenta y cinco años o más de edad al 31 de diciembre de 2007 y perciban un valor anualizado de las pensiones que no exceda el importe de veintiocho (28) UIT.
El monto de dicho reajuste ascenderá a quince nuevos soles y 00/100 (S/.15.00) para todo beneficiario de acuerdo a la condición descrita anteriormente.
Finalmente, se señala que las entidades que a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma hayan pagado pensiones correspondientes al año 2008, regularizarán el pago del reajuste dispuesto, en el pago correspondiente al mes siguiente.