R.D. N° 0020-2014-MINAGRI-SENASA-DSA.-
Levantan la suspensión establecida en el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 0019-2014-MINAGRI-SENASA-DSA a partir de la fecha de publicación de la Resolución, referente a la importación de las siguientes mercancías pecuarias procedentes de Brasil:
– Carne y Productos que contengan carne de bovino.
– Menudencias y vísceras de bovino.
– Otros productos de riesgo de estas especie capaces de transmitir o servir de vehículos al prion de la Encefalopatía Espongiforme Bovina
*El SENASA autorizará el ingreso de las mercancías pecuarias procedente de Brasil antes detalladas, siempre que cuenten con requisitos sanitarios de importación armonizados con la Autoridad Competente de Brasil.