DISPONEN LA CREACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PARA APLICACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO DERIVADO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASIST. FAMILIAR,Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN

DISPONEN LA CREACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PARA APLICACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO DERIVADO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASIST. FAMILIAR, Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN EN DIVERSOS DISTRITOS JUDICIALES

 

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 149-2016-CE-PJ




Del análisis estadístico realizado a los órganos jurisdiccionales a nivel nacional y estando a la propuesta formulada por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, se concluye que es necesario crear órganos jurisdiccionales en algunos Distritos Judiciales donde existe mayor incidencia del proceso inmediato derivado de los procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar, Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción.


 


En tal sentido, mediante la presente Resolución, se dispone la creación de órganos jurisdiccionales que entrarán en funciones a partir del 1 de agosto de 2016, para la aplicación del Proceso Inmediato derivado de los delitos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar, y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción en 24 Distritos Judiciales, los cuales se encuentran detallados en el texto de la norma.


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