DISPONEN EL INICIO DE PROCEDIMIENTO DE EXAMEN POR EXPIRACIÓN DE MEDIDAS A LOS DERECHOS ANTIDUMPING DEFINITIVOS, SOBRE IMPORTACIONES DE CALZADO (SIN INCLUIR CHALAS Y SANDALIAS) CON LA PARTE SUPERIOR DE CUALQUIER MATERIAL (EXCEPTO TEXTIL), ORIGINARIO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS
RESOLUCIÓN
Nº 207-2016/CDB-INDECOPI
Mediante la presente Resolución, se dispone, a solicitud de parte interesada, el inicio de un procedimiento de examen por expiración de medidas (“sunset review”) a los derechos antidumping definitivos establecidos mediante la Resolución Nº 001-2000/CDS-INDECOPI y revisados mediante Resolución Nº 161-2011/CFD-INDECOPI, sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de cualquier material (excepto textil), originario de la República Popular China.
De tal manera, debe ponerse en conocimiento a las autoridades de la República Popular China del inicio del procedimiento de examen, así como a las empresas de calzado que solicitaron su inicio, invitando a apersonarse al procedimiento a todas aquellas personas naturales y jurídicas que tengan legítimo interés en el procedimiento de examen.
Se dispone que los derechos antidumping definitivos establecidos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) originario de la República Popular China, con las características descritas en el Artículo 1º de la presente Resolución, sigan aplicándose mientras dure el procedimiento de examen, según lo estipulado en el artículo 11.3 del Acuerdo Antidumping.
La presente Resolución se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano.