Res. N° 001-2014-SMV/01.-
Autorizan la difusión del proyecto de norma que modifica el Reglamento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 107-2010-EF/94.01.1.
Disponen que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores. (www.smv.gob.pe).
El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto referido en los artículos anteriores es de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
*Los comentarios y observaciones a los que se refiere el artículo anterior, podrán ser presentados vía Mesa de Partes de la Superintendencia de Mercado de Valores, ubicada en Avenida Santa Cruz 315 – Miraflores, provincia y departamento de Lima, o por vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModRgtoMILA@smv.gob.pe.
27.01.14