Resolución N° 211-2008/SUNAT
Se dictan normas que regulan el procedimiento para la comunicación mediante la cual SUNAT hace de conocimiento de las entidades públicas (a que se refiere el artículo 1º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General) la determinación firme o consentida del incremento patrimonial no justificado que hubiera realizado respecto de un funcionario o servidor público, en cumplimiento de lo establecido en la Undécima Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 953.