DICTAN MEDIDAS PARA LA ATENCIÓN
DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE HIDROCARBUROS ASÍ COMO DE
LOS ITF PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE VENTA AL PÚBLICO DE COMBUSTIBLES, EN EL
DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS Y ZONAS ALEDAÑAS
DECRETO
SUPREMO
Nº
012-2017-EM
Mediante la presente norma, se dispone que la
atención de las solicitudes de inscripción o de modificación que involucre el
aumento de la capacidad de almacenamiento, en el Registro de Hidrocarburos, así
como la atención de las solicitudes de Informes Técnicos Favorables (ITF),
incluyendo en estas últimas a las que se encuentran en trámite, referidas a
Establecimientos de Venta al Público de Combustibles, ubicados en el
departamento de Madre de Dios, en el distrito de San Gabán, provincia de
Carabaya, departamento de Puno y en el distrito de Camanti, provincia de
Quispicanchi, departamento de Cusco, queda
suspendida por el plazo de tres años, contados a partir del días 23 del
presente año.
Asimismo, los Grifos Flotantes de Gasolinas
y/o Gasoholes quedan exceptuados de dicha suspensión.