Dictan disposiciones referidas a la declaración y pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2009.

Resolución de Superintendencia Nº 054-2009/SUNAT

Mediante esta resolución de dispone que los sujetos obligados del Impuesto (es decir, los señalados en el numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, aprobado por D.S. Nº 057-2005-EF) deberán presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto, correspondiente al año 2009, hasta el 30 de abril de 2009, utilizando el Formulario Virtual Nº 1690, el cual se encuentra disponible en SUNAT Virtual.

Asimismo, se establece que el pago de éste Impuesto correspondiente al año 2009, se realizará al contado hasta el 30 de abril de 2009, o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales.

Finalmente, la presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

X
X