Dictan disposiciones para garantizar la atención de demandas de uso de agua con fines poblacionales, con recursos hídricos provenientes del acuífero Chilca, declarado en veda por R.S.N° 003-69-FO/AG,

R.J. N° 168-2015-ANA.-

 

Mediante la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el informe del visto señala que esta Autoridad ha realizado investigaciones en el acuífero de Chilca, habiéndose formulado un estudio hidrogeológico, cuyos resultados han permitido conocer las condiciones hidrogeológicas del citado acuífero evidenciando que el volumen total de agua almacenada en el sector de interés, donde se ha previsto perforar pozos tubulares, es de 68’350,000 m3 (68,35 hm3), del cual existe disponibilidad hídrica para su extracción mediante obras de captación por un volumen máximo de 7 hm3/año de agua mineralizada.

 

 

En ese sentido, siendo que el volumen de agua factible de ser explotado en el acuífero de Chilca presenta pésima calidad de las aguas (salinas) que almacena el acuífero, el precitado informe recomienda permitir la explotación de un volumen máximo de 7 hm3/año, para uso poblacional y previo tratamiento, mediante la perforación de pozos que tengan profundidades superiores a 80 – 100 m, que corresponde a extracción de agua proveniente de la intrusión marina.

La resolución tiene por objeto dictar disposiciones para garantizar la atención de las demandas de uso de agua con fines poblacionales, con recursos hídricos provenientes del acuífero Chilca, declarado en veda por Resolución Suprema N° 003-69-FO/AG, ratificada con Resolución Jefatural Nº 327-2009-ANA.

 

 

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