Determinan Saldo de Cuenta de Promoción de la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao, los factores de ajuste del Reajuste Tarifario y el valor de la alícuota aplicable a la Tarifa Única de Distribución de gas natural desde el 01 de febrero al 30 de abril de 2018
La presente norma determina el Saldo de la Cuenta de Promoción de la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao, el cual incorpora, al monto aprobado por Resolución N° 215-2017-OS/CD, los datos correspondientes al periodo comprendido entre el 07 de agosto de 2017 hasta el 06 de noviembre de 2017. El mencionado saldo presenta un déficit que asciende a US$ 1 963 822 cuyo cálculo se encuentra detallado en el numeral 10 del Informe Técnico N° 0053-2018-GRT.
Así mismo, se aprueba el valor de la alícuota aplicable a la Tarifa Única de Distribución de gas natural desde el 01 de febrero de 2018 hasta el 30 de abril de 2018, en 16,26 % de la tarifa media de cada categoría tarifaria. Los montos recaudados por la aplicación de la alícuota mencionada serán destinados a la cuenta de promociones a que se refiere el literal d) del Artículo 112a del Reglamento de Distribución.
La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada junto con sus respectivos Informes en la página Web de Osinergmin: http://www2.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones2018.aspx