Decreto Supremo que precisa el artículo 48° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084, aprobado por Decreto Supremo N° 021 – 2008 – PRODUCE

D.S. N° 028 – 2009 – PRODUCE

Mediante esta norma se precisan las semanas  efectivas laboradas  a efectos de realizar el cálculo del tiempo de servicio efectivamente laborado y determinar  el monto  de la indemnización especial por despido arbitrario a que se refiere el artículo 48° del Reglamento del D. Legislativo N° 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación.
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