D.S. N° 028 – 2009 – PRODUCE
Mediante esta norma se precisan las semanas efectivas laboradas a efectos de realizar el cálculo del tiempo de servicio efectivamente laborado y determinar el monto de la indemnización especial por despido arbitrario a que se refiere el artículo 48° del Reglamento del D. Legislativo N° 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación.