DECRETO SUPREMO QUE
MODIFICA EL DECRETO SUPREMO Nº 021-2016-MINAGRI QUE APRUEBA VALORES DE
RETRIBUCIONES ECONÓMICAS A PAGAR POR USO DE AGUA SUPERFICIAL Y SUBTERRÁNEA Y
POR EL VERTIMIENTO DE AGUA RESIDUAL TRATADA A APLICARSE EN EL AÑO 2017
DECRETO SUPREMO
Nº
004-2017-MINAGRI
Mediante el
presente decreto se modifica el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 021-2016-MINAGRI
Modifíquese el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto
Supremo Nº 021-2016-MINAGRI, el cual queda
redactado de la siguiente manera:
“Artículo 8.- Valor de la retribución económica por
vertimiento de agua residual tratada
(…)
8.2 Para el caso de titulares de autorizaciones de
vertimiento por volúmenes menores o iguales a 100 000 m3 anuales, la determinación de la
retribución económica para el año 2017, se efectuará multiplicando un volumen
de 100 000 m3 por los valores indicados en el Cuadro
ubicado en el numeral precedente, según el tipo de aguas residuales y la
sensibilidad del cuerpo receptor que corresponda.
(…).”