DECRETO SUPREMO
N° 024-2016-PRODUCE
Mediante el presente Decreto, se establecen las medidas para la conservación y aprovechamiento sostenible del recurso anchoveta, con la finalidad de eliminar la práctica del descarte en el mar, así como obtener información oportuna proporcionada por los titulares de permisos de pesca y, finalmente, la introducción progresiva de medios automatizados de control y vigilancia de la actividad extractiva. Siendo que, todo titular de permiso de pesca que realice actividades extractivas del recurso anchoveta, independientemente del destino de dicho recurso, deberá cumplir con lo estipulado en la presente.
Asimismo, entre otras cosas, se establece que con la aprobación del presente Decreto, se modifica el tercer párrafo del artículo 19 y el numeral 123 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 009-2013-PRODUCE, el literal b) del inciso 4.1 del artículo 4 del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (SISESAT), y el código 123 del Cuadro de Sanciones del Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas RISPAC.
El presente Decreto se encuentra publicado en el Diario Oficial El Peruano, donde puede ser consultado a detalle.