DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS COMEDORES POPULARES EN LA ASISTENCIA ALIMENTARIA TEMPORAL Y GRATUITA A LAS PERSONAS DAMNIFICADAS POR LAS EMERGENCIAS PRODUCIDAS

DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE
DISPOSICIONES PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS COMEDORES POPULARES EN LA ASISTENCIA
ALIMENTARIA TEMPORAL Y GRATUITA A LAS PERSONAS DAMNIFICADAS POR LAS EMERGENCIAS
PRODUCIDAS POR LA OCURRENCIA DE LLUVIAS Y PELIGROS ASOCIADOS

 

DECRETO
SUPREMO

Nº 009-2017-MIDIS

Mediante
el presente Decreto, se establecen las disposiciones para la participación
voluntaria de los Comedores Populares, en la asistencia alimentaria temporal y
gratuita a ser brindada a la población damnificada de los distritos declarados
en Estado de Emergencia por las precipitaciones pluviales y peligros asociados,
utilizando la plataforma del Programa de Complementación Alimentaria – PCA.

 

Asimismo,
se establecen las modalidades de la asistencia alimentaria, el financiamiento,
entre otras disposiciones.
La Asistencia
alimentaria gratuita a la población damnificada que se regula en la presente
norma se brindará por sesenta (60) días calendario, siendo este último un plazo
prorrogable.

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