Decreto Supremo que declara de necesidad pública la inversión privada en actividades de reforestación y autoriza a empresa peruana con participación extranjera a adquirir predios dentro de los cincuenta (50) kilómetros de frontera del Perú
El presente Decreto declara de necesidad pública la inversión privada en actividades de reforestación dentro de los cincuenta 50 kilómetros de la frontera del distrito de Iñapari, provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios, en los predios cuya adquisición por parte de la empresa LXG Amazon Reforestry Investments S.A.C. se autoriza en el artículo 2 del presente Decreto Supremo.
El desarrollo de tales actividades de reforestación se sustenta en los estudios de Zonificación Forestal y Ordenamiento Forestal vigentes y categorizados para tal fin.