DECRETO SUPREMO
Nº 021-2016-MINAGRI
Mediante el presente Decreto, se aprueban los valores de la retribución económica por el uso de agua superficial con fines agrarios a aplicarse en el año 2017, en Soles por metro cúbico, conforme al Anexo de la presente norma.
Por otro lado, se disponen los siguientes valores a aplicarse en el año 2017:
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El valor de la retribución económica por el uso de agua superficial con fines no agrarios
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El valor de la retribución económica en Soles por metro cúbico, por el uso del agua, que pagarán los usuarios del servicio, a los concesionarios de los Proyectos Especiales entregados en Concesión
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El valor de la retribución económica por el uso de agua subterránea con fines agrarios y no agrarios,
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El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego, y entra en vigencia el 01 de enero de 2017
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Entre otros valores.
La presente Resolución entra en vigencia el 01 de enero de 2017 y se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano donde puede ser consultada a mayor detalle.