DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA MEDIDAS PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA DECRETO SUPREMO Nº 004-2016-EM

Mediante Ley Nº 27345, Ley de Promoción del Uso Eficiente de la Energía, se declaró de interés nacional la promoción del Uso Eficiente de la Energía para asegurar el suministro de energía, proteger al consumidor, fomentar la competitividad de la economía nacional y reducir el impacto ambiental negativo del uso y consumo de los energéticos; Se tiene en consideración, el avance progresivo y constante del desarrollo de nuevas tecnologías, pues ha permitido que actualmente existan equipos energéticos que demandan menos potencia eléctrica y por tanto son más eficientes, ya que consumen menos energía; por lo que, a efectos de promover la adquisición de equipos energéticos eficientes resulta necesario adecuar el ordenamiento legal vigente a los avances tecnológicos.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Primera.- Reemplazo de equipos energéticos en personas jurídicas de derecho privado
Las personas jurídicas de derecho privado, podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Segunda.- Aprobación de lineamientos
La Resolución Ministerial a que se hace referencia en el numeral 1.1. del artículo 1 del presente Decreto Supremo, será aprobada en un plazo máximo de doce meses contados desde la entrada en vigencia de la presente norma.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
La obligación de adquisición o reemplazo a que se refiere el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, serán exigibles a partir del día siguiente de la aprobación de la Resolución Ministerial.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Deróguese el Decreto Supremo Nº 034-2008-EM, Medidas para el Ahorro de Energía en el Sector Público.

Para obtener información detallada del presente Decreto Supremo, ingresar al Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) o en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).

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