DECRETO SUPREMO Nº 001-2021-MTC
Artículo 1.- Programa de regularización de sanciones en materia de transporte y tránsito terrestre
1.1 El Programa de Regularización de Sanciones se aplica a las infracciones en materia de transporte y tránsito terrestre conforme a lo siguiente:
1.1.1 Dispóngase por un periodo de cinco (5) meses contados desde la entrada en vigencia de la presente norma, la aplicación de un programa de regularización de sanciones por infracciones a la normatividad de transporte y tránsito terrestre impuestas por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, en adelante, la SUTRAN, hasta la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, en las que hayan incurrido transportistas, conductores y generadores de carga, y que se encuentren en trámite, que tengan la calidad de firmes, que hayan sido impugnadas, o que se encuentren en ejecución coactiva.
1.1.2 El programa de Regularización de Sanciones otorga una reducción del 90% (noventa por ciento) de las multas correspondientes a las infracciones al transporte y tránsito terrestre determinadas al amparo del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC; el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC, y el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito –Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC y sus normas modificatorias, a los administrados que soliciten voluntariamente acogerse al programa mediante el reconocimiento de la infracción y el pago de la sanción pecuniaria.