Decreto Supremo que aprueba el listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General de las Ventas.

Decreto Supremo N°136-2013-EF

Aprueban el ¨ Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV ¨ a que serefiere el artículo 11° de la Ley N° 29173, que como anexo forma parte integrante del presente decreto supremo.

De conformidad con lo dispuesto en el referido artículo 11°, el listado será publicado en el Portal del Ministerio de Economía y Finanzas a mas tardar el ultimo día hábil de junio de 2013 y regirá a partir del primer dia calenda5rio del mes siguientes a la fecha de su publicación.

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