DECRETO
SUPREMO
Nº
066-2017-EF
Mediante el presente Decreto, se aprueba el “Listado de entidades que podrán
ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se refiere el artículo 11 de la
Ley Nº 29173, siendo que dicho listado se encontrará publicado en el portal del
Ministerio de Economía y Finanzas en Internet (www.mef.gob.pe), como fecha límite el viernes 27 de marzo de 2017 y regirá a partir
del 01 de abril del 2017.