Decreto Supremo mediante el cual se aprueba el Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV.

Decreto Supremo Nº 115-2008-EF

Se aprueba el "Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV" a que se refiere el artículo 11º de la Ley Nº 29173, y que obra en el anexo de la presente norma.

El referido listado será publicado en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas en internet a más tardar el último día hábil del mes de setiembre de 2008, y regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de dicha publicación.

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