D. Leg. N° 1218
El
decreto legislativo tiene como objeto regular el uso de cámaras de
videovigilancia en bienes de dominio público, vehículos de servicio de
transporte público de pasajeros y establecimientos comerciales abiertos al
público con un aforo de cincuenta (50) personas o más, como instrumento de
vigilancia ciudadana, para la prevención de la violencia y del delito, así como
el control y persecución del delito o falta en el marco del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana.