Decreto Legislativo N° 966
Se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia de la exoneración del Impuesto Selectivo al Consumo a la importación o venta de petróleo diesel para empresas eléctricas. En ambos casos, tanto las empresas de generación como las empresas concesionarias de distribución de electricidad deberán estar autorizadas por Decreto Supremo.