D.Leg. No. 991
Mediante este Decreto Legislativo se han modificado los artículos 1° y los numerales 5) y 12) del artículo 2° de la Ley No. 27697, Ley que otorga facultad al Fiscal para la intervención y control de comunicaciones y documentos privados en caso excepcional..
En este sentido, los artículos mencionados tratan temas referidos al marco y la finalidad de la norma, las reglas sobre la recolección, control de las comunicaciones y las sanciones.