DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA TASA DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 17 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO
DECRETO LEGISLATIVO
Nº 1347
Se ha modificado el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias, estableciendo que la tasa del impuesto es 15%.”
El presente dispositivo entra en vigencia el 01 de Julio del 2017 toda vez que al 31 de mayo del mismo año, la recaudación anualizada del impuesto general a las ventas total neto de sus devoluciones internas alcance el 7.2% del PBI.