Decreto Legislativo que modifica la Ley del Impuesto a la Renta

D. Leg. N° 1112

Como parte de la delegación de Funciones del Legislativo a favor del Ejecutivo para legislar en materia tributaria, aduanera y de los delitos tributarios y aduaneros se dispone la modificación de la ley del impuesto a la renta.

El fin de esta modificación es cubrir las deficiencias, vacios legales de la norma, así como la búsqueda de la neutralidad en las decisiones adoptadas por los agentes económicos.

Los artículos modificados son los siguientes: 20°, 21°, 23°, 24°-A, 26°, 32°, 32°-A, 36°, 37°, 41°, 44°, 49° 51°-A, 64°, 73°-C, 118°, así como disposiciones complementarias sobre el sentido de la interpretación normativa.

La entrada en vigencia de estas disposiciones será el 1° de enero del 2013 con excepción de las modificaciones el inciso g) del  artículo 32°-A, 37° Y 49° las cuales entraran en vigencia a partir del día de mañana y de la modificación dispuesta en el articulo 73°-C, las cuales se realizaran por el mes de agosto 2012 en adelante.

Finalmente, se dispone la derogación a partir del 1 de enero de 2013 de los incisos e) y f) del articulo 61° y el inciso c) del artículo 63° de la Ley

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