Decreto Legislativo N° 1036
Mediante esta norma se define como Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE) al sistema integrado que permite a las partes involucradas en el comercio exterior y transporte internacional gestionar a través de medios electrónicos los trámites requeridos por las entidades competentes de acuerdo con la normatividad vigente, o solicitados por dichas partes, para el tránsito, ingreso o salida del territorio nacional de mercancías.
Así mismo se establecen cuales son los procedimientos administrativos para la VUCE, el requerimiento de información de entidades públicas y la relación de mercancías restringidas y prohibidas.
Para mayores alcances sobre esta norma, se remitirá Informativo Legal al respecto.