Decreto Legislativo N° 1077.
Mediante esta norma se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad y se establece el marco jurídico de este programa, que se requiere como consecuencia de la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos de América.
Este programa tendrá una vigencia de cinco (5) años.
Asimismo, la norma dispone derogar la Ley Nº 28600 Ley que crea el Programa Nacional de Promoción a la Formalización del Comercio Algodonero; la Ley Nº 28811 Ley que crea el Programa de Compensaciones para Productores de Algodón, Maíz Amarillo Duro y Trigo; y, la Ley Nº 28812 Ley que crea el Programa de Formalización para la Competitividad de la Cadena de Maíz Amarillo Duro – Avícola – Porcícola.
Finalmente, el presente decreto legislativo será reglamentado mediante decreto supremo en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días contados a partir de su entrada en vigencia.