Decreto Legislativo N° 1059.
Mediante esta norma se busca la prevención, el control y la erradicación de plagas y enfermedades en vegetales y animales; la promoción de las condiciones sanitarias favorables para el desarrollo sostenido de la agroexportación; la regulación de la producción, comercialización, uso y disposición final de insumos agrarios; y, la promoción de la aplicación del manejo integrado de plagas para el aseguramiento de la producción agropecuaria nacional.
La presente norma entrará en vigencia a partir del 29 de junio de 2008, y será reglamentada en un plazo de noventa (90) días hábiles de su vigencia.