Sentencia EXP. No. 0031-2005-PI/TC.
Mediante esta Sentencia se declara fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ordenanza Regional No.009- 2005-CR.REG.TACNA expedida por el Gobierno Regional de Tacna que estableció la libre comercialización de ropa y calzado usados. El Tribunal Constitucional fundamentó su fallo en el hecho que en el marco jurídico de la descentralización el Gobierno Central y los Gobiernos Regionales (en este caso Tacna) deben tomar acciones dentro del marco de sus competencias exclusivas y compartidas tendentes al desarrollo integral de la Región. En este caso, se estableció que si bien, el Gobierno Central tiene facultades para regular el régimen jurídico de las importaciones, no puede actuar con indiferencia a las necesidades concretas de los Gobiernos Regionales que son fronterizos con países vecinos.
Es así, que en este marco de ideas que propugna que los Gobiernos Regionales tienen el deber de observar el principio de cooperación y lealtad nacional, el Gobierno Nacional ostenta, para con los Gobiernos Regionales el deber de lealtad regional, más aún si uno de los deberes de éste es el de promover el bienestar general fundamentado en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.