Declaran como producto Bandera al Cacao

R.M. N° 295-2013-MINCETUR/DM

En la presente norma, en su artículo N° 2 del Decreto Supremo N° 025-2005-MINCETUR, establece que la COPROBA podrá solicitar la declaración de nuevos productos bandera, la cual se realizara mediante Resolución del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. N° 025-2005-MINCETUR, que aprueba la Estrategia Nacional de Identificación de los Productos Bandera, el encargado de la elaboración de los mismos, es labor de la Comisión Nacional de Productos Bandera, asimismo, el D.S. N° 017-2010-MINCETUR, que aprueba la Estrategia Nacional de Promoción y Protección de los Productos Bandera, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-202-MINCETUR  

En virtud a lo expuesto en párrafos anteriores se declara como producto Bandera al Cacao.

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