RESOLUCIÓN N° 0461-2019/INDECOPI-JUN
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Junín, declaró como barrera burocrática ilegal la exigencia de los siguientes requisitos, establecido en la Ordenanza Municipal N° 528-MPH y la Ordenanza Municipal N° 579-MPH/CM de Huancayo:
- Vigencia de poder con una antigüedad de 30 días.
- Estudio de factibilidad, resumen ejecutivo, estudio de mercado, financiero y de gestión, firmado por profesional, economista, ingeniero civil o de transporte, arquitecto. Indicando Gerente de Operaciones y Gerente de Siniestros.
- Declaración jurada de no tener deudas con la Municipalidad, no tener proceso judicial pendiente de la presentación de la solicitud, declaración jurada del representante legal, socios, directores y administradores de no encontrarse condenados por los delitos de tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, pérdida de dominio o delito tributario.
- Copia simple de la escritura de constitución de la empresa con indicación del capital social de 30 UIT.
- Padrón de vehículos debidamente registrados en el sistema de información habilitado a través del portal web de la Gerencia de Tránsito y Transporte.
- Contar con infraestructura complementaria, el cual debe tener certificado de habilitación y licencia de funcionamiento.
- Contar con una central de comunicación de radio, y radios en sus unidades autorizadas.
- Constancia de no adeudar por Papeleta de Infracción de las unidades de la flota operativa.
El cobro por derecho de tramitación por vehículo para obtener registro y autorización de empresas de servicio de Taxi estación en el ámbito de Huancayo (Taxi Empresa).
La calificación con silencio administrativo negativo para obtener registro y autorización de empresas de servicio de Taxi estación en el ámbito de Huancayo (Taxi Empresa).
Suspensión de la emisión de nuevas autorizaciones para prestar el servicio de transporte especial de personas específicamente en taxi independiente, hasta que se apruebe el plan de movilidad urbana.