Declaración de nulidad de contratos de afiliación con una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) / D.S. N° 077-2006-EF

D.S. N° 077-2006-EF

Mediante el presente Decreto Supremo se aprueba el Reglamento de la Ley N° 28192 que regula el procedimiento a seguir luego de producida la declaración de nulidad de contratos de afiliación con una AFP. El Reglamento contiene disposiciones concernientes a:

  • El ámbito de las causales de nulidad de afiliación;
  • La situación previsional de los afiliados comprendidos bajo nulidad de afiliación en el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP);
  • Los procedimientos para la nulidad de afiliación en el SPP;
  • El destino de los aportes previsionales de los afiliados que se inscriban o retornen al SNP;
  • El pago de la diferencia de los aportes entre el SNP y el SPP por diferentes tasas de aporte; y,
  • La nulidad de afiliación en el SPP para el caso de trabajadores pertenecientes al régimen de pensiones del Decreto Ley N° 20530.

Se dispone también que la SUNAT, en su condición de entidad que lleva a cabo la recaudación de los aporte previsionales del SNP, establecerá las condiciones y cronogramas que se requieran para dar estricto cumplimiento respecto del destino final de los aportes transferidos por efecto de las nulidades de afiliación en una AFP.

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