Dan por finalizada la ejecución de la Pesca Exploratoria autorizada con
la R.M. N° 328-2016-PRODUCE, en el extremo referido a la realizada por
embarcaciones de mayor escala
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº
350-2016-PRODUCE
Por
resolución ministerial N° 427-2015-PRODUCE, posteriormente modificada por
Resolución Ministerial N° 328-2016-PRODUCE, se establecieron los límites de
captura, entre otros, del recurso Caballa (Scomber Japonicus peruanus) en 114,
000 (ciento catorce mil) toneladas, aplicables a las actividades extractivas
efectuadas por todo tipo de flota, correspondiente al periodo comprendido entre
el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016.
IMARPE mediante el Oficio N° 788-2016-IMARPE/DEC
remite el “Reporte de la pesca exploratoria de caballa (Scomber japonicus), al
01 de setiembre de 2016”, en el cual se concluyó, entre otros, lo siguiente:
i)Durante el período de pesca exploratoria del 26 de agosto al 01 de setiembre,
los desembarques de la flota industrial fluctuaron entre 1,045 y 1,946
toneladas de caballa, con un desembarque diario promedio de 1,376 toneladas. En
el caso de la flota artesanal, los desembarques no han superado las 300
toneladas diarias, con un desembarque diario promedio de 80 toneladas; ii) “De
mantenerse el actual ritmo de pesca diario, se espera que la cuota de captura
de 15 mil toneladas establecida para la flota de mayor escala en la presente
pesca exploratoria (Art. 2 de la R.M. 328-2016-PRODUCE), se cumpla el próximo
05 de setiembre de 2016”; y, iii) Las principales áreas de pesca de caballa
registradas por la flota industrial se ubicaron entre Malabrigo (07°30’S) y
Casma (09°30’S), entre las 30 y 90 millas de la costa”;
Por
tanto, se dispone dar por finalizada la ejecución de la Pesca Exploratoria
autorizada por Resolución Ministerial N° 328-2016-PRODUCE, en el extremo
referido a la realizada por embarcaciones de mayor escala.
La
presente resolución entrará en vigencia desde el 09 de septiembre.