Res. N° 1903-2013/SDC-INDECOPI.-
Se confirman la Resolución 174-2011/CFD-INDECOPI del 20 de diciembre de 2011, emitida por la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios, por la cual se resolvió dar por concluido el procedimiento de examen por expiración de medidas a los tejidos de denim con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso superior a 200 fr/m2, originarios de la Republica Popular de China iniciado mediante Resolución 010-2011/CFD-INDECOPI del 27 de enero de 2011.
La razón es que la producción del tejido objeto de examen por parte de la solicitante, Compañía Industrial Nuevo Mundo S.A., no representa una proporción importante de la producción nacional total del producto en cuestión, conforme lo exige el articulo 4.1 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994. Ello considerando que posee una participación significativamente inferior al 50% para que sea considerada representativa de la Rama de Producción Nacional, supuesto que no se cumple, puesto que la solicitante posee una participación de 27%.
Dado que no existe representatividad, los indicadores de daño no reflejarían la realidad de todos o una proporción importante de los productores nacionales, por lo que debe darse por concluido el examen por expiración de medidas.