Res. N° 023-2014-OEFA/CD.-
La norma señala que, a fin de dar cumplimiento al mandato legal establecido en el Numeral 10.2 del Artículo 10° de la Ley N° 29325 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, crear dos (2) Salas Especializadas Transitorias del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, en atención a las funciones de fiscalización ambiental transferidas al OEFA por el sector Energía y Minas y el sector Producción, conforme se detalla a continuación:
-Primera Sala Especializada Transitoria competente en las materias de Energía y Minería. 1.2
-Segunda Sala Especializada Transitoria competente en las materias de Pesquería e Industria Manufacturera.