Confirman extremo de la Resolución sobre vigencia de derechos antidumping en la importación de tablas tipo bodyboard y kickboard procedentes de China.

 
Res. Nº 219-2011/SC1-INDECOPI

Mediante esta resolución, la Sala de Defensa de la Competencia No 1 del INDECOPI ha resuelto confirmar el extremo de la Resolución N° 132-2009/CFD-INDECOPI, sobre vigencia de derechos antidumping en la importación de tablas tipo bodyboard y kickboard procedentes de China por un período de 3 años.

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