CIRCULAR N° 01-2018-SUNAT/310000
La presente norma tiene por objeto implementar la transmisión vía web del manifiesto de carga terrestre para las circunscripciones de las Intendencias de Aduana de Paita, Puerto Maldonado, Puno y Tumbes.
Se indica que el transportista que traslada mercancías procedentes del exterior vía terrestre con destino final a las Intendencias de Aduana de Paita, Puerto Maldonado, Puno y Tumbes transmite, vía web, los datos del formato MIC/DTA o MCI, y de su carta porte antes de la llegada del medio de transporte, conforme a lo siguiente:
Intendencias de Aduana de destino |
Antes de la llegada al: |
Paita, con excepción del Puesto de Control de La Tina. |
Depósito temporal o a la Intendencia de Aduana de Paita |
Puerto Maldonado |
Intendencia de Aduana de Puerto Maldonado |
Puesto de Control de La Tina |
Puesto de Control de La Tina |
Puno |
– CEBAF, a través del Puesto de Control de Carancas, cuando procede de Bolivia. – Depósito temporal, cuando ingresa por otras intendencias de aduana. |
Tumbes |
CEBAF |