Por la presente norma se autoriza la ejecución de la Pesca Exploratoria de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus), a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un período de 60 días calendario, realizada por embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente para la extracción de los precitados recursos, y limitando en esta etapa la extracción del recurso jurel (Trachurus murphyi) a una cantidad no mayor a 8 000 (ocho mil) toneladas para la flota de artesanal y de menor escala, y 24 000 (veinticuatro mil) toneladas para la flota de mayor escala.