RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 395-2016-PRODUCE
Se ha autorizado al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la pesca
exploratoria del recurso bacalao de profundidad bajo el sistema de pesca centinela, a partir del 16 de octubre, por un
período de 15 días calendario.
Dicha
actividad se realizará bajo las siguientes condiciones:
a) Contar con permiso de pesca vigente para operar
embarcaciones de menor escala para la extracción del recurso bacalao de
profundidad;
b) Los armadores de embarcaciones participantes
deben entregar debidamente llenado en lo que corresponda, la bitácora de pesca
del Anexo de la presente Resolución Ministerial;
c) No contar con sanción administrativa firme que
limite la realización de actividades extractivas de cualquier recurso;
d) No arrojar al mar los recursos hidrobiológicos
capturados incidentalmente;
e) Brindar las facilidades y acomodación a bordo
cuando se solicite, a un (1) observador del IMARPE, para que realice sus
labores de investigación;
f) Los armadores y plantas de procesamiento
pesquero deben brindar las facilidades y garantías para el ejercicio de las
labores al personal de IMARPE y del Ministerio de la Producción; y,
g) Los titulares de los permisos de pesca de las
embarcaciones participantes pagarán derechos de pesca por extracción del
recurso bacalao de profundidad, conforme a las disposiciones del artículo 7 de
la Resolución Ministerial N° 236-2001-PE.