RESOLUCION MINISTERIAL N° 611-2017-PRODUCE
Autorizar al Instituto del Mar del Perú–IMARPE la ejecución de la pesca exploratoria del recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides), en el ámbito marítimo peruano, bajo el enfoque de pesca centinela, con la participación de seis 06 embarcaciones de la flota de bacalao de profundidad, desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial hasta el 31 de diciembre de 2017.
La actividad exploratoria se realizará bajo las siguientes condiciones:
a) Contar con permiso de pesca vigente para operar embarcaciones de menor escala para la extracción del recurso bacalao de profundidad.
b) No contar con sanción administrativa firme que limite la realización de actividades extractivas de cualquier recurso.
c) No arrojar al mar los recursos hidrobiológicos capturados incidentalmente.
d) Los armadores de las embarcaciones pesqueras participantes deben entregar debidamente llenado en lo que corresponda, la bitácora de pesca del Anexo de la presente Resolución Ministerial.
e) Los armadores de las embarcaciones participantes deben brindar las facilidades y acomodación a bordo cuando se le solicite, a un (01) observador del IMARPE acreditado, quien efectuará los trabajos de investigación y recopilación de datos en el marco de esta actividad.
f) Los armadores y plantas de procesamiento pesquero deben bridar las facilidades y garantías para el ejercicio de las labores al personal del IMARPE y del Ministerio de la Producción.
g) Los titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones participantes pagaran derechos de pesca por extracción del recurso bacalao de profundidad, conforme a las disposiciones del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 236-2001-PE.