R.M. N° 059-2015-PRODUCE.-
Autorizan al Instituto del Mar del Perú– IMARPE la ejecución de la Operación Merluza XX, a partir de las 00:00 horas del 09 de marzo hasta las 23:59 horas del 11 de marzo de 2015, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03°24’S) y Pimentel (07°00’S), con la participación de siete (07) embarcaciones pesqueras y dos (02) suplentes, que cuenten con permiso de pesca vigente y operen bajo el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) establecido por Resolución Ministerial Nº 214-2014-PRODUCE.
El volumen del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) extraído por cada una de las embarcaciones que participen en la presente Operación Merluza XX deberá ser considerado como parte de su¿ Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) que se asignó a cada embarcación pesquera para el periodo julio 2014 – junio 2015. Para tal efecto, el personal científico del IMARPE registrará los volúmenes del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) que extraigan las embarcaciones participantes.
La Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo del Ministerio de la Producción publicará mediante Resolución Directoral, la relación de las embarcaciones pesqueras arrastreras que participarán en la Operación Merluza XX, de acuerdo a lo informado por el IMARPE
La Operación Merluza XX autorizada deberá sujetarse a las siguientes medidas.