Autorizan al IMARPE la ejecución de la Operación Merluza XIX.

R.M. N° 380-2014-PRODUCE.-                                                                                                                                                   

Autorizan al Instituto del Mar del Perú– IMARPE, la ejecución de la Operación Merluza XIX, a partir de las 00:00 horas del 06 de noviembre hasta las 24:00 horas del 08 de noviembre de 2014, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03º24’LS) y Pimentel (07º00’LS), con la participación de siete (7) embarcaciones pesqueras y dos (02) suplentes que cuenten con permiso de pesca vigente y operen bajo el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) establecido por Resolución Ministerial N° 214-2014-PRODUCE.

Asimismo, establecen que la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo del Ministerio de la Producción publicará, mediante Resolución Directoral, la relación de las embarcaciones pesqueras arrastreras que participarán en la Operación Merluza XIX, de acuerdo a lo informado por el IMARPE. Asimismo, podrá disponer la modificación de la citada relación, a efectos de garantizar el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.

Señalar que el art. 3 de la presente Resolución establece las medidas que se sujetaran para la ejecución de la Operación Merluza XIX.

Finalmente la Resolución contiene entre otros, los siguientes temas: Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE); Incumplimiento de las obligaciones previstas; Seguimiento, control y vigilancia, entre otras disposiciones.

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