R.M. N° 088-2015-PCM.-
Aprueban el Anexo Nº 1 como parte integrante de la Resolución denominado “TUPA Modelo de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales”, que se detallan en el citado Anexo y que las municipalidades por exigencia legal deben publicar en sus respectivos TUPA para su tramitación.
La norma establece que lo dispuesto en el TUPA es de uso obligatorio en los procesos de aprobación y modificación de los TUPA de las municipalidades señaladas. Los requisitos, plazos y calificación de cada procedimiento administrativo que las municipalidades se encuentran facultadas a solicitar por mandato legal a los administrados, serán únicamente las establecidas en el TUPA Modelo.
El TUPA Modelo aprobado en la Resolución deberá ser aplicado obligatoriamente en la siguiente modificación del TUPA que realicen las municipalidades comprendidas en los alcances de la Resolución, así como para la publicación referida en el numeral 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por la Ley Nº 29091.
*La Resolución entró en vigencia el 03.04.15
Fecha de publicacion 02.04.15