R.M. N° 018- 2008 – TR
Mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM se aprobó la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos y de las disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo. Debido a ello desde la entrada en vigencia de esta ley será necesario emitir el acto administrativo que apruebe la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, donde se incluirá su denominación, plazo máximo de atención y los requisitos máximos a solicitar respectos de dichos procedimientos.
Por lo tanto las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del empleo deben adecuar las disposiciones que contienen sus respectivos TUPA, pudiendo de ser necesario fijar un plazo menor de atención o menores requisitos en los procedimientos.